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Siente Xixón 2025-2025

El Ayuntamiento de Gijón/Xixón, a través de la Fundación Municipal de Cultura y Divertia, lanza una nueva edición del programa Siente Xixón, en su modalidad Interior, para apoyar a espacios y locales que desarrollen programación cultural de pequeño formato.

🔴CALENDARIO DE ACTUACIONES

     Periodo 1: 3 de octubre 2025 – 11 de enero 2026
     Periodo 2: 27 de marzo – 31 de mayo 2026

🔴PLAZOS DE SOLICITUD

  • Para el primer periodo: del 15 de junio al 29 de agosto de 2025
  • Para el segundo periodo: del 15 de enero al 27 de febrero de 2026CALENDARIO DE ACTUACIONES Periodo 1: 3 de octubre 2025 – 11 de enero 2026 Periodo 2: 27 de marzo – 31 de mayo 2026

Vía: registro electrónico del Ayuntamiento: gijon.es/registroelectronico con la referencia SIENTE XIXON.

Enviar justificante al correo: sientexixon@gijon.es (Asunto: SIENTE XIXÓN).

🔴HORARIOS

🔴REQUISITOS PARA LOS LOCALES

  • No se admitirán propuestas cuya ejecución exceda de dos días consecutivos, ni de diez días alternos, es decir, cada local podrá plantear un máximo de 10 actuaciones por cada período.
  • Permisos: Los locales deberán contar con los correspondientes permisos y autorizaciones municipales para desarrollar su actividad.
  • Exclusiones: No podrán participar aquellos locales que hayan tenido denuncias o sanciones por vulneración de la normativa relacionada en el Anexo III en los últimos 6 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, ni los locales que hayan incumplido las bases de la edición del Siente Xixón 2024.
  • Actuaciones no permitidas:
    • Actividades relacionadas con eventos particulares (despedidas de soltero/a, cumpleaños, karaokes, etc).
    • Actividades asociadas a marcas, esto es, patrocinadas de manera privada.

🔴DOCUMENTACIÓN NECESARIA

  • Formulario oficial firmado.
  • Memoria justificativa de la trayectoria en gestión cultural del local (música, literatura y artes escénicas). La memoria deberá incluir un resumen-selección de las actividades de carácter cultural realizadas por el espacio solicitante en 2024 (máximo 2 folios)
  • Descripción artística y técnica del proyecto que deberá contener al menos los siguientes apartados:
    1. Propuesta de programación, tipo de actividad, estilos artísticos …
    2. Calendario para un período mínimo de un mes ajustado a los horarios permitidos.
  • Estudio acústico del local redactado conforme a las exigencias de la Instrucción de Alcaldía 2024/0003 en el que se deberá analizar la incidencia acústica prevista en las viviendas o locales colindantes previendo dicho impacto para cada una de las actividades previstas, es decir, que si un local pretende realizar dentro del programa actividades distintas que impliquen el empleo de emisores sonoros distintos, cada uno de ellos debe estar contemplado en el estudio.
  • Propuesta de difusión de la actividad.
  • Declaraciones responsables de que:
    1. El local dispone de póliza de seguros (150.156 euros).
    2. Cuenta con los permisos y autorizaciones municipales necesarios para el desarrollo de su actividad.
    3. Que durante la ejecución del programa se respetará el aforo permitido y las medidas de seguridad autorizadas en la licencia de apertura, con indicación y enumeración de los mismos.
    4. Compromiso en la actualización de las actividades programadas.
    5. Se ajustarán al programa presentado y aprobado.
    6. No haber tenido denuncias o sanciones por vulneración de la normativa relacionada en el Anexo III en los últimos 3 meses anteriores a la fecha de la declaración.

🔴VALORACIÓN Y SEGUIMIENTO

  • Las solicitudes serán valoradas por una comisión mixta constituida por al menos 3 técnicos/responsable municipales del área de Cultura, Urbanismo y Licencias, y DIVERTIA y 3 designados por colectivos culturales, económicos y sociales.
  • Para la selección de los proyectos, la Comisión de Valoración evaluará de acuerdo a los siguientes criterios (se deberá obtener un mínimo de 15 puntos en total):
    • Trayectoria cultural del local. Máximo 10 puntos.
    • Calidad, interés, viabilidad del proyecto presentado. Se valorará especialmente la capacidad integradora de la programación, es decir, que tenga en cuenta diferentes públicos y sensibilidades sociales. Máximo 5 puntos.
    • Aportación del proyecto a los objetivos del programa. Máximo 10 puntos.
    • Difusión del programa. 5 puntos.
  • La Comisión de Valoración verificará que las solicitudes cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria y, en caso de detectar documentación defectuosa o incompleta, requerirá del solicitante la subsanación de la misma, en un plazo máximo de 5 días hábiles.
  • El plazo máximo para que la Comisión de Valoración emita informe de la valoración realizada será de 20 días naturales a contar desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
  • Revisión activa del desarrollo de las actividades por técnicos o empresa externa.

🔴INCUMPLIMIENTOS

  • Superar el nivel de ruido de forma repetitiva que ocasione reiteradas quejas por parte de los vecinos.
  • Ocasionar algún tipo de desacuerdo o conflicto en la aplicación de la normativa de convivencia ciudadana.
  • No señalizar las actividades que formen parte del programa Siente Xixón en lugar visible.
  • No respetar las fechas y horarios establecidos en las bases para la realización de las actividades.
  • Realizar actividades expresamente excluidas.
  • No remitir a la organización los datos e informes requeridos por la misma.
  • Y en general, el incumplimiento del decálogo de buenas prácticas contenido en el Anexo IV, así como la obligatoriedad de cerramiento de puertas y batientes durante la celebración de las actividades.
  • Los incumplimientos serán sancionados por la comisión con la expulsión del Programa.

 

Durante el desarrollo del evento habrá de respetarse el aforo y medidas de seguridad impuestas por la licencia de apertura del local en el que se desarrolle la actividad. La ejecución del evento cultural en un día y hora concreto tendrá carácter puramente temporal y no podrá suponer una modificación de la actividad, ni afectar a las condiciones técnicas y de aislamiento acústico generales del establecimiento público, ni será susceptible de producir una alteración de la seguridad y condiciones de evacuación, un aumento del aforo máximo permitido, ni implicará la instalación de estructuras eventuales para su desarrollo, debiendo ceñirse a las condiciones de ejecución marcadas en la Resolución por la que se autoriza la participación.

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