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Solicitud instalación barras San Mateo 2023

19 julio, 2023 - 25 agosto, 2023

Objeto

Durante las Fiestas San Mateo 2023, en el período comprendido entre el 15 y 24 de septiembre, en el denominado Casco Histórico conforme a las condiciones señaladas en la Resolución de Alcaldía, los establecimientos hosteleros podrán situar barras en el frente del establecimiento, previa presentación de solicitud.

Destinatarios

Establecimientos hosteleros situados en el denominado Recinto Festivo en el Casco Histórico y que esta delimitado por ambos márgenes de las siguientes calles: Argüelles, Jovellanos, Paraíso, Postigo Alto, Padre Suárez hasta la esquina con Gastañaga, Marqués de Gastañaga, Campomanes hasta la esquina con Martínez Marina, Martínez Marina, Cabo Noval, Marqués de Santa Cruz, Plaza de la Escandalera y las calles Rosal y Quintana hasta la confluencia con Martínez Marina.

Documentación a presentar

  • Solicitud en el formulario que se facilite
  • Plano de situación y de detalle a escala 1:100 o 1:50 en el que se represente gráficamente las condiciones de la vía pública en una extensión de 10 m en todas las direcciones desde el emplazamiento pretendido, reflejando los accesos al establecimiento, los límites del local, los accesos a portales, garajes, mobiliario urbano y cuantos otros elementos se encuentren comprendidos dentro de ese ámbito.
  • Si se pretendiese una instalación eléctrica para iluminación de la barra, se especificarán sus características técnicas adjuntando información sobre el instalador que vaya a ejecutarla y certificarla.
  • Si se precisa toma de corriente eléctrica para arcones de refrigeración de bebidas bajo las barras, adjuntará información sobre el instalador que vaya a ejecutarla y certificarla.

Plazo

Hasta el 25 de agosto de 2023 (improrrogable).

¿Cómo presentar documentos en el Registro de Licencias?

1. Sede Electrónica/Portal del Ciudadano: obligatorio para las personas jurídicas y aquellas entidades y personas físicas indicadas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP). También puede optar por esta vía cualquier persona física que así lo elija (art. 14.1 LPACAP).
En este modo la documentación se puede presentar en formato PDF o Word.
2. Presencial: sólo personas físicas (art. 14.1 LPACAP). En este modo la documentación se puede presentar:
  • En papel (preferentemente en formato DIN A4, tamaño máximo DIN A3). Una vez escaneada la documentación, se devolverá al interesado en el acto. 
  • En soporte digital, formato PDF o Word. Una vez descargado el archivo, se devolverá el soporte al interesado en el acto.
Acceso a la descarga de documentos
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