Ayudas para proyectos de eficiencia energética en el sector turístico
Una gran oportunidad que no debe dejar pasar la hostelería asturiana
El Principado destina 11,2 millones en ayudas para mejoras en eficiencia energética en negocios del sector turístico en la región, que tienen hasta el 31 de diciembre para solicitar las subvenciones
Los negocios del sector turístico de la región tienen una oportunidad única de introducir mejoras en eficiencia energética y economía circular. El Gobierno del Principado pone a disposición del sector hostelero y turístico 11,2 millones de euros para ayudas para proyectos de eficiencia energética en el sector turístico, unas subvenciones que se enmarcan en el apartado de modernización y competitividad del sector turístico del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
Podrán beneficiarse de estas ayudas los alojamientos turísticos, restaurantes, bares, empresas de intermediación turística y otras firmas del sector que cumplan con los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria que publicó el Boletín Oficial del Principado (BOPA) el pasado 25 de julio.
Esta convocatoria ha sido ampliamente trabajada por el Principado y por Otea, y fruto de este trabajo es que, por vez primera, Asturias pone a disposición de todas las empresas turísticas con independencia del sector al que pertenezcan, una cantidad de 11.050.538 euros sin necesidad de abordar una inversión mínima para poder acceder a la subvención.
Y es que, según consta en las bases de las ayudas, cada establecimiento podrá recibir una ayuda máxima de 300.000 euros, con la posibilidad de subvencionar hasta el 100% a fondo perdido del plan presentado (La Comunidad de Madrid, por poner un ejemplo, dispone para estas mismas ayudas, de un crédito de 10.602.968,61 euros y además obliga a una inversión mínima de 25.000 euros).
Desde Otea se hemos realizado un importante trabajo para la difusión de estas ayudas organizando una charla informativa. Además, fruto de todas nuestras peticiones, se modificaron las bases de la convocatoria para de ampliar la tipología de maquinaria susceptible de ayuda.
Resumen de las ayudas
Estas bases recogen que podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas y jurídicas de naturaleza privada, así como las comunidades de bienes o sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezcan de personalidad con residencia fiscal en Asturias, y:
-Se encuentren inscritos en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas del Principado de Asturias o hayan presentado declaración responsable completa para la obtención de clasificación turística.
-Estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
-Su actividad esté clasificada bajo alguno de los códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) recogidos en las bases.
En lo que respecta a las actuaciones subvencionables, las mismas se dividen en las siguientes líneas:
- Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica
- Instalaciones fotovoltaicas para autoconsumo
- Medidas de gestión de residuos
- Mejoras de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación
- Sustitución de equipos en materia de electrodomésticos eficientes.
- Digitalización, automatización y control y sistemas de gestión de edificio
Como indicamos previamente, se trata de una subvención a fondo perdido a la que no existe una inversión mínima para acceder. La cuantía de la ayuda será del 100% del coste elegible que esté adecuadamente justificado a juicio del órgano instructor. Por su parte, el importe máximo de la cuantía viene determinado por la aplicación del régimen de mínimos, de tal manera que puede llegar a los 300.000 euros.
Dentro de los costes subvencionables, el interesado podrá incluir tanto los honorarios profesionales satisfechos, como los gastos de gestión de solicitud, los de redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud y justificación de la ayuda, los de ejecución de las actuaciones, así como los costes de gestión de la justificación de su realización.
El plazo máximo para solicitar estas subvenciones finaliza el día 31 de diciembre de 2024. y el plazo máximo para la ejecución de las actuaciones subvencionables acaba el 1 de marzo de 2025. Por su parte, el plazo máximo de justificación termina el 1 de abril de 2025.
Asimismo, la subvención se hará efectiva mediante un único pago a los beneficiarios, una vez justificada la realización del gasto subvencionado.
Destacar que Otea ha creado una oficina especifica formada por tres personas que se encarga de informar a sus establecimientos asociados, así como de gestionar la solicitud y justificación de las ayudas.
Más información:
📧 ayudaseficiencia@otea.es
☎ 985 22 38 13
¡Consulta las principales modificaciones en el siguiente enlace!