El Gobierno del Principado de Asturias publicó ayer sendos suplementos del BOPA en los que recoge la decisión de prorrogar el cierre perimetral y la declaración de elerta sanitaria 4+ en los concejos de Oviedo, Carreño y Gozón, al considerar que aun mantienen cifras por encima de los niveles sanitarios establecidos.
En concreto se publicaron.
- Decreto 23/2021, de 17 de febrero, del Presidente del Principado de Asturias, por el que se prorrogan las medidas de prevención y control establecidas en los concejos de OVIEDO, GOZÓN y CARREÑO, ante la evolución de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19.
- Resolución de 17 de febrero de 2021, de la Consejería de Salud, de prórroga de la declaración de alerta sanitaria 4+ (Nivel de Riesgo Extremo) en los concejos de OVIEDO, CARREÑO y GOZÓN.
Durante el plazo de eficacia de la presente resolución, en el territorio del citado concejo serán aplicables las medidas especiales de ámbito municipal de nivel 4+ (Nivel de Riesgo Extremo) de carácter extraordinario, urgente y temporal de prevención, contención y coordinación, necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID -19, recogidas en el ANEXO II de la Resolución del Consejero de Salud de 18 de enero de 2021 (BOPA de 18.01.2021). Enlace al Anexo II: https://bit.ly/393BEjP (página 10).
Recordamos que las que afectan más directamente a la hostelería son:
☕ Clausura del interior de los establecimientos de Hostelería.
- SE PERMITE TERRAZAS
- Servir comida a domicilio o recoger,
- Servicio de restauración para uso exclusivo de los clientes de los alojamientos turísticos esencialesy en establecimientos de suministro de combustible o centros de carga y descarga.
👩👦👨👧 Reuniones: máximo 4 personas.
👨⚖ Suspensión temporal de reuniones de negocios, profesionales, seminarios, comunidad de propietarios, eventos y encuentros similares.
EFICACIA:
OVIEDO Y CARREÑO: Desde las 00.00 horas del día 18 de FEBRERO de 2021 hasta las 24 horas del día 3 de MARZO de 2021.
GOZÓN Desde las 00.00 horas del día 19 de FEBRERO de 2021 hasta las 24 horas del día 4 de MARZO de 2021.
Sin perjuicio de las prórrogas que, en su caso, pudieran acordarse de forma sucesiva.
Servicios de alojamiento y actividades turísticas.
- Durante el plazo de eficacia de la presente resolución se suspende la actividad de las empresas y actividades turísticas de alojamiento, de intermediación, de turismo activo y de guía de turismo.
- Se exceptúan de la suspensión las actividades turísticas de alojamiento que sean declaradas esenciales en virtud de Resolución de la titular de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Turismo.
Descarga BOPA Decreto 23/2021, de 17 de febrero: DECRETO Oviedo, Carreño y Gozón
Descarga BOPA Resolución de 17 de febrero de 2021: RESOLUCION Oviedo, Carreño y Gozón